ANÁLISIS Y DEBATE PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DEL MINISTERIO PUBLICO PROVINCIAL
Disertaciones

ANÁLISIS Y DEBATE PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DEL MINISTERIO PUBLICO PROVINCIAL

En una conferencia organizada por el Foro Regional Rosario, disertaron los Dres, Araujo, Lewis y Mico sobre el proyecto de ley de Ministerio Publico Fiscal de la Provincia de Santa Fe.

El 24 de octubre pasado, en uno de los auditorios de la Federación Gremial, se llevó a cabo la conferencia organizada por el Foro Regional Rosario sobre el proyecto de ley de Ministerio Publico Fiscal de la Provincia de Santa Fe. En la oportunidad, disertaron los Dres. Araujo, Lewis y Micó.


La jornada tuvo su comienzo con las palabras del Sr. Roberto Paladini quien manifestó su preocupación ya que el tema no está instalado en la opinión pública y debería estarlo, puesto que la justicia es el servicio más importante que presta el Estado y el pilar fundamental de la democracia. Luego procedió a presentar a los disertantes y dio lugar a la palabra del Dr. Luís Armando Carello, consejero de la institución, quien también señaló que el mencionado proyecto de ley de Ministerio Publico Fiscal de la provincia es un proyecto que despertó inquietud e interés porque tiene que ver con una cuestión no relacionada a la legalidad sino a la oportunidad. A esto se refirieron a continuación los disertantes, pero el Dr. Carello aclaro dos debates centrales en torno a los cuales gira la pertinencia de esta temática. En primer lugar, el debate a cerca de considerar imprudente e incorrecto para el funcionamiento transparente de las instituciones democráticas, que se provean cargos tan importantes en esta instancia, ignorando categóricamente el pronunciamiento de la voluntad general en las últimas elecciones provinciales y municipales. En segundo lugar, agregó que es pertinente el debate acerca del proyecto de ley de Ministerio Publico Provincial que se plantea justamente luego de haberse producido el nombramiento del Procurador General de Corte Suprema de la Provincia, “transcurridos cuatro años sin reformar la Ley de Ministerio Publico, ahora el gobierno provincial impulsa el proyecto cuando esta haciendo las valijas”, agregó.


A continuación Luís Carello, introduce al Dr. Araujo, quien intenta reflejar lo que se viene haciendo desde el Colegio de Abogados junto a diferentes ONG´s como el Foro Regional Rosario, la Fundación Apertura, Asociación Conciencia, Despertar Ciudadano, Ejercicio Ciudadano y el Grupo Trascender, entre otras entidades adherentes, a cerca de temas atinentes a la justicia. Hace referencia al mes de julio de este año, oportunidad en que se conoció la renuncia del Ministro de la Corte, Dr. Boff, comentando que dicho Colegio de profesionales se movilizó y se lanzó en la empresa de tratar de concientizar a los abogados sobre la importancia de su participación por medio de la opinión en la designación de un cargo de tal relevancia, remarcando la trascendencia de que dicho nombramiento no esté a cargo en forma exclusiva, del Poder Ejecutivo y la Legislatura. Según Araujo, seria necesaria una reforma que proporcione un encuadre reglamentario que de lugar a un mecanismo capaz de incluir en el proceso de designación de funcionarios, la opinión de organismos especializados, ONGs y público en general, proporcionándoles la oportunidad de pronunciarse acerca de las condiciones y el perfil profesional de las personas destinadas a cubrir cargos en el Poder Judicial. Es así que se pretendía un mecanismo similar al planteado por el Decreto 222/03 del Presidente de la Nación, el cual sirvió para establecer dispositivos de consulta sobre los últimos cuatro ministros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Araujo relata que en julio del presente año el Colegio de Abogados, con el apoyo de las instituciones presentes, elevó una nota al Gobernador de la Provincia solicitando la sanción de un decreto para regular la consulta popular sobre la designación de los jueces superiores, siendo que ya Obeid había adherido al decreto nacional pero a niveles inferiores en la justicia provincial. Ante esta correspondencia, no se obtuvo respuesta de parte de la cabeza del Ejecutivo provincial, por lo cual en forma subsiguiente se presenta una solicitada en el Diario La Capital para hacer público el planteo de los abogados debido a la trascendencia de la figura en juego. En esta solicitada se explicitaba el perfil que debía reunir el futuro Procurador de la Provincia, que debía ser análogo o con las características del perfil de la Dra. Laura Inés Cosidoy, quien había demostrado fehacientemente su valentía y arrojo en la lucha contra el narcotráfico.


Araujo plantea que evidentemente el gobierno provincial demoro la designación luego de esta actuación por parte del Colegio de Abogados. Sin embargo, después de las elecciones de las autoridades provinciales y municipales, Obeid procedió a confirmar la designación que el Colegio de Abogados venia temiendo, es decir la del procurador de la Corte, así como agrego la del Dr. Erbetta como Ministro de la misma Corte, ante la renuncia de Dr. Boff.


Consecuentemente, el Colegio de Abogados entra en Asamblea, en la que se resuelve: 1)-repudiar la no recepción del gobernador de la opinión del Colegio de Abogados y las diferentes ONG´s; 2)- advertir sobre la ausencia de un ámbito regulatorio para opinar sobre las designaciones y promover un proyecto de ley similar al Decreto Nacional que regulara la facultad constitucional de pronunciarse acerca de la designación (dec.222/03). Araujo aclara que el decreto nacional aludido no es la panacea pero representa un paso importante en la legislación que permite a la comunidad fijar su punto de vista y opinar, de modo que el Poder Ejecutivo lo tenga en cuenta esas opiniones ya que no se trata de cargos políticos sino de cargos judiciales los cuales una vez elegidos, poseen inamovilidad y la ciudadanía debe tomar conciencia de ello: “no votaremos jueces Ministros o Procuradores de la Corte suprema o cualquier otro miembro de l Poder Judicial dentro de 4 años, sino que quedarán allí hasta que se jubilen o mueran”.


El Dr. Araujo sintetiza su presentación diciendo que aplaude al Foro Regional Rosario y demás entidades de políticas publicas por su participación en los temas atinentes al Poder Judicial, en los cuales la intervención critica de las ONGs es cada vez mas necesaria, ya que estas cuestiones se hacen progresivamente mas complicadas, en especial dado el importante incremento de causas judiciales entre 2001 y 2006. Sostiene que la comunidad toda debe seguir los proyectos de legislación y las políticas del Ejecutivo porque es un problema que nos compete a todos los ciudadanos.


A su turno, el Dr. Juan Lewis, se propuso realizar un análisis crítico de la nueva ley del Ministerio Publico desde una perspectiva técnico – jurídico pero en íntima relación con el campo político por la oportunidad y pertinencia en que el proyecto de ley fue elevado a la legislatura para su eventual sanción. Afirma que algunas cuestiones que parecerían de carácter eminentemente técnico esconden decisiones políticas de la máxima trascendencia, y que por lo tanto deben ser controladas, o al menos debieran serlo en una república democrática que se precie de tal.

Continuando en esta línea, trae a colación al filósofo Michel Foucault quien ya en los años 70 se preguntaba en que consiste el arte de gobernar y respondía que estaba relacionado a la razón de Estado. Esta se muestra por una serie de practicas racionales que llevan al Estado desde el momento del deber ser al ser. Estas prácticas son reglas concretas, decisiones políticas que se cosifican tanto en normas pétreas (Constitución Nacional) como en la coyuntura.

Si analizamos las prácticas o políticas de seguridad, continuo el Dr. Lewis, vemos que desde los discursos son tratadas constantemente tanto por los políticos como los medios de comunicación, desde el lugar de la urgencia. Sin embargo, no se advierte ningún proyecto que indique que prácticas son las que sirven y que no hay estudios de campo que permitan extraer los datos necesarios para llevar adelante políticas eficaces en dicha materia.


Según el Dr. Lewis, toda política de seguridad debe contener dos atributos esenciales: responsabilidad y sistematicidad. La responsabilidad se relaciona con la rendición de cuentas de personas concretas sobre los éxitos y fracasos de cada una de las decisiones tomadas, mientras que la sistematicidad da cuenta de la necesidad de superar lo coyuntural y espasmódico de muchas de las decisiones que se toman.

Hablando ya específicamente de la problemática del Ministerio Publico, Lewis señaló que su rol es el de definir la política criminal del Estado, esto es, definir que hechos son mas importantes que otros y cuales hay que priorizar. La importancia tanto del Ministerio como de quien este a su cargo se agiganta si tenemos en cuenta que en Santa Fe se intenta pasar en materia de enjuiciamiento, de un sistema inquisitivo a uno acusatorio. Según el Dr. Lewis, en materia de enjuiciamiento criminal, la provincia de Santa Fe es una de las más atrasadas del planeta.

En líneas generales, la nueva ley de Ministerio Publico pareciera no reconocer el carácter eminentemente político del Ministerio que va a regular ya que no contempla instancias de rendición de cuentas ni de sistematización de las políticas a aplicar. Además, la división de tareas que propone generan confusión de roles en lugar de seguir el postulado triangular básico de los roles: acusación, defensa y juicio.


Continuó su critica afirmando que, entre lo que postula el proyecto de ley sobre las atribuciones de la figura del Procurador, caería bajo su orbita la creación de un cuerpo de policía destinado a un Organismo de Investigaciones, que ocuparía prácticamente la mitad del actual cuerpo de policía de la provincia de Santa Fe. Otra de las confusiones presentes en este proyecto, es la de suponer que la figura del Procurador es a la vez, el máximo acusador y supuesto jefe del máximo fiscal. En este sentido, dos funciones básicas del sistema judicial entran en conflicto, debiendo tener una estructura bicéfala e independiente.


Como conclusiones, resaltaron la propuesta del Dr. Lewis en relación a que el cargo de Procurador General, debido a su elevado poder político, sea periódico. Tal cual lo indica el Derecho Comparado (debería ser de 9 o 10 años), pero Lewis se manifiesta en contra de un sistema electivo de la figura del Procurador, como es el caso de Estados Unidos.

Por ultimo, concluyó criticando el articulo 4 del proyecto en el que se hace alusión a que por la excepcionalidad del hecho, se adopta un sistema de selección de emergencia, cuando en lugar lo que debe hacer la ley es regular un mecanismo de celeridad para la selección y remoción de funcionarios públicos que trabajen en dicho organismo.


A continuación, el Dr. Mico, señaló algunos puntos endebles del proyecto de ley de Ministerio Publico, entre ellas, que viola en un punto a la Constitución Provincial, al establecer que la designación de los fiscales es igual a la de los jueces. De hecho, la Constitución Provincial establece un jury de enjuiciamiento especial para los fiscales, y distinto del de los jueces. La solución tanto de este problema como de muchos de los señalados por el Dr. Lewis, afirmo el Dr. Mico, consiste en la reforma de la Constitución Provincial. Según Mico, el camino correcto es modificar la Constitución y luego hacer la ley de Ministerio Publico.


Finalmente, Mico menciono que a los efectos prácticos de esta ley implican la cesión de un enorme poder a la figura del Procurador e incluso el disparate que representa el hecho de que el Defensor General tenga a un superior que sea acusador, su antitesis.


Concluyo, al igual que el Dr. Lewis, en la necesidad de la periodicidad del cargo, aunque a diferencia de este último, no descarto la elegibilidad popular del mismo. Planteó además, que dicho Ministerio debe ser un órgano externo al Poder Judicial ya que la función principal del Procurador es acusar a los jueces. En este sentido, entiende que hasta podría depender directamente del Ejecutivo.


Finalizada la charla se dio paso a una ronda de preguntas por parte de los asistentes. Una de ellas fue formulada por el Presidente de nuestra institución, el Sr. Roberto Paladini, quien interrogó a los disertantes sobre las razones técnico-jurídicas del apresuramiento en la sanción de esta ley. Los panelistas coincidieron en que no existen motivos jurídico – técnicos suficientes para fundamentar la necesidad de sanción de este proyecto de ley en lo eventual. De hecho, el nuevo código Procesal Penal debe estar en vigencia en Junio de 2008 y se va a necesitar una ley de Ministerio Público con un nuevo código y es muy dudoso pensar que las modificaciones orgánicas y de infraestructura necesarias estén dadas para esa fecha tan cercana.


También se aclaró la firme voluntad del Colegio de Abogados de plantear la inconstitucionalidad de esta ley si es que este proyecto de ley es aprobado. Por eso es imperiosa la concientización de la población y entidades pertinentes.
Como reflexión final, el Dr. Luís Carello manifestó “con pena” que la demostración mas cabal de que las conductas del gobernador Obeid son indefendibles es que se ha negado a recibir las inquietudes de las organizaciones que representan a la ciudadanía, y esto constituye un deber republicano.


Por su parte, el presidente de nuestra institución, agrego que la negativa sistemática de Obeid a recibir los reclamos y opiniones de las entidades de políticas públicas desdibuja completamente a este gobierno, y más aun dado que los nombramientos apresurados continúan. 

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Foro Regional Rosario
ANÁLISIS Y DEBATE PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DEL MINISTERIO PUBLICO PROVINCIAL

En una conferencia organizada por el Foro Regional Rosario, disertaron los Dres, Araujo, Lewis y Mico sobre el proyecto de ley de Ministerio Publico Fiscal de la Provincia de Santa Fe.

El 24 de octubre pasado, en uno de los auditorios de la Federación Gremial, se llevó a cabo la conferencia organizada por el Foro Regional Rosario sobre el proyecto de ley de Ministerio Publico Fiscal de la Provincia de Santa Fe. En la oportunidad, disertaron los Dres. Araujo, Lewis y Micó.


La jornada tuvo su comienzo con las palabras del Sr. Roberto Paladini quien manifestó su preocupación ya que el tema no está instalado en la opinión pública y debería estarlo, puesto que la justicia es el servicio más importante que presta el Estado y el pilar fundamental de la democracia. Luego procedió a presentar a los disertantes y dio lugar a la palabra del Dr. Luís Armando Carello, consejero de la institución, quien también señaló que el mencionado proyecto de ley de Ministerio Publico Fiscal de la provincia es un proyecto que despertó inquietud e interés porque tiene que ver con una cuestión no relacionada a la legalidad sino a la oportunidad. A esto se refirieron a continuación los disertantes, pero el Dr. Carello aclaro dos debates centrales en torno a los cuales gira la pertinencia de esta temática. En primer lugar, el debate a cerca de considerar imprudente e incorrecto para el funcionamiento transparente de las instituciones democráticas, que se provean cargos tan importantes en esta instancia, ignorando categóricamente el pronunciamiento de la voluntad general en las últimas elecciones provinciales y municipales. En segundo lugar, agregó que es pertinente el debate acerca del proyecto de ley de Ministerio Publico Provincial que se plantea justamente luego de haberse producido el nombramiento del Procurador General de Corte Suprema de la Provincia, “transcurridos cuatro años sin reformar la Ley de Ministerio Publico, ahora el gobierno provincial impulsa el proyecto cuando esta haciendo las valijas”, agregó.


A continuación Luís Carello, introduce al Dr. Araujo, quien intenta reflejar lo que se viene haciendo desde el Colegio de Abogados junto a diferentes ONG´s como el Foro Regional Rosario, la Fundación Apertura, Asociación Conciencia, Despertar Ciudadano, Ejercicio Ciudadano y el Grupo Trascender, entre otras entidades adherentes, a cerca de temas atinentes a la justicia. Hace referencia al mes de julio de este año, oportunidad en que se conoció la renuncia del Ministro de la Corte, Dr. Boff, comentando que dicho Colegio de profesionales se movilizó y se lanzó en la empresa de tratar de concientizar a los abogados sobre la importancia de su participación por medio de la opinión en la designación de un cargo de tal relevancia, remarcando la trascendencia de que dicho nombramiento no esté a cargo en forma exclusiva, del Poder Ejecutivo y la Legislatura. Según Araujo, seria necesaria una reforma que proporcione un encuadre reglamentario que de lugar a un mecanismo capaz de incluir en el proceso de designación de funcionarios, la opinión de organismos especializados, ONGs y público en general, proporcionándoles la oportunidad de pronunciarse acerca de las condiciones y el perfil profesional de las personas destinadas a cubrir cargos en el Poder Judicial. Es así que se pretendía un mecanismo similar al planteado por el Decreto 222/03 del Presidente de la Nación, el cual sirvió para establecer dispositivos de consulta sobre los últimos cuatro ministros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Araujo relata que en julio del presente año el Colegio de Abogados, con el apoyo de las instituciones presentes, elevó una nota al Gobernador de la Provincia solicitando la sanción de un decreto para regular la consulta popular sobre la designación de los jueces superiores, siendo que ya Obeid había adherido al decreto nacional pero a niveles inferiores en la justicia provincial. Ante esta correspondencia, no se obtuvo respuesta de parte de la cabeza del Ejecutivo provincial, por lo cual en forma subsiguiente se presenta una solicitada en el Diario La Capital para hacer público el planteo de los abogados debido a la trascendencia de la figura en juego. En esta solicitada se explicitaba el perfil que debía reunir el futuro Procurador de la Provincia, que debía ser análogo o con las características del perfil de la Dra. Laura Inés Cosidoy, quien había demostrado fehacientemente su valentía y arrojo en la lucha contra el narcotráfico.


Araujo plantea que evidentemente el gobierno provincial demoro la designación luego de esta actuación por parte del Colegio de Abogados. Sin embargo, después de las elecciones de las autoridades provinciales y municipales, Obeid procedió a confirmar la designación que el Colegio de Abogados venia temiendo, es decir la del procurador de la Corte, así como agrego la del Dr. Erbetta como Ministro de la misma Corte, ante la renuncia de Dr. Boff.


Consecuentemente, el Colegio de Abogados entra en Asamblea, en la que se resuelve: 1)-repudiar la no recepción del gobernador de la opinión del Colegio de Abogados y las diferentes ONG´s; 2)- advertir sobre la ausencia de un ámbito regulatorio para opinar sobre las designaciones y promover un proyecto de ley similar al Decreto Nacional que regulara la facultad constitucional de pronunciarse acerca de la designación (dec.222/03). Araujo aclara que el decreto nacional aludido no es la panacea pero representa un paso importante en la legislación que permite a la comunidad fijar su punto de vista y opinar, de modo que el Poder Ejecutivo lo tenga en cuenta esas opiniones ya que no se trata de cargos políticos sino de cargos judiciales los cuales una vez elegidos, poseen inamovilidad y la ciudadanía debe tomar conciencia de ello: “no votaremos jueces Ministros o Procuradores de la Corte suprema o cualquier otro miembro de l Poder Judicial dentro de 4 años, sino que quedarán allí hasta que se jubilen o mueran”.


El Dr. Araujo sintetiza su presentación diciendo que aplaude al Foro Regional Rosario y demás entidades de políticas publicas por su participación en los temas atinentes al Poder Judicial, en los cuales la intervención critica de las ONGs es cada vez mas necesaria, ya que estas cuestiones se hacen progresivamente mas complicadas, en especial dado el importante incremento de causas judiciales entre 2001 y 2006. Sostiene que la comunidad toda debe seguir los proyectos de legislación y las políticas del Ejecutivo porque es un problema que nos compete a todos los ciudadanos.


A su turno, el Dr. Juan Lewis, se propuso realizar un análisis crítico de la nueva ley del Ministerio Publico desde una perspectiva técnico – jurídico pero en íntima relación con el campo político por la oportunidad y pertinencia en que el proyecto de ley fue elevado a la legislatura para su eventual sanción. Afirma que algunas cuestiones que parecerían de carácter eminentemente técnico esconden decisiones políticas de la máxima trascendencia, y que por lo tanto deben ser controladas, o al menos debieran serlo en una república democrática que se precie de tal.

Continuando en esta línea, trae a colación al filósofo Michel Foucault quien ya en los años 70 se preguntaba en que consiste el arte de gobernar y respondía que estaba relacionado a la razón de Estado. Esta se muestra por una serie de practicas racionales que llevan al Estado desde el momento del deber ser al ser. Estas prácticas son reglas concretas, decisiones políticas que se cosifican tanto en normas pétreas (Constitución Nacional) como en la coyuntura.

Si analizamos las prácticas o políticas de seguridad, continuo el Dr. Lewis, vemos que desde los discursos son tratadas constantemente tanto por los políticos como los medios de comunicación, desde el lugar de la urgencia. Sin embargo, no se advierte ningún proyecto que indique que prácticas son las que sirven y que no hay estudios de campo que permitan extraer los datos necesarios para llevar adelante políticas eficaces en dicha materia.


Según el Dr. Lewis, toda política de seguridad debe contener dos atributos esenciales: responsabilidad y sistematicidad. La responsabilidad se relaciona con la rendición de cuentas de personas concretas sobre los éxitos y fracasos de cada una de las decisiones tomadas, mientras que la sistematicidad da cuenta de la necesidad de superar lo coyuntural y espasmódico de muchas de las decisiones que se toman.

Hablando ya específicamente de la problemática del Ministerio Publico, Lewis señaló que su rol es el de definir la política criminal del Estado, esto es, definir que hechos son mas importantes que otros y cuales hay que priorizar. La importancia tanto del Ministerio como de quien este a su cargo se agiganta si tenemos en cuenta que en Santa Fe se intenta pasar en materia de enjuiciamiento, de un sistema inquisitivo a uno acusatorio. Según el Dr. Lewis, en materia de enjuiciamiento criminal, la provincia de Santa Fe es una de las más atrasadas del planeta.

En líneas generales, la nueva ley de Ministerio Publico pareciera no reconocer el carácter eminentemente político del Ministerio que va a regular ya que no contempla instancias de rendición de cuentas ni de sistematización de las políticas a aplicar. Además, la división de tareas que propone generan confusión de roles en lugar de seguir el postulado triangular básico de los roles: acusación, defensa y juicio.


Continuó su critica afirmando que, entre lo que postula el proyecto de ley sobre las atribuciones de la figura del Procurador, caería bajo su orbita la creación de un cuerpo de policía destinado a un Organismo de Investigaciones, que ocuparía prácticamente la mitad del actual cuerpo de policía de la provincia de Santa Fe. Otra de las confusiones presentes en este proyecto, es la de suponer que la figura del Procurador es a la vez, el máximo acusador y supuesto jefe del máximo fiscal. En este sentido, dos funciones básicas del sistema judicial entran en conflicto, debiendo tener una estructura bicéfala e independiente.


Como conclusiones, resaltaron la propuesta del Dr. Lewis en relación a que el cargo de Procurador General, debido a su elevado poder político, sea periódico. Tal cual lo indica el Derecho Comparado (debería ser de 9 o 10 años), pero Lewis se manifiesta en contra de un sistema electivo de la figura del Procurador, como es el caso de Estados Unidos.

Por ultimo, concluyó criticando el articulo 4 del proyecto en el que se hace alusión a que por la excepcionalidad del hecho, se adopta un sistema de selección de emergencia, cuando en lugar lo que debe hacer la ley es regular un mecanismo de celeridad para la selección y remoción de funcionarios públicos que trabajen en dicho organismo.


A continuación, el Dr. Mico, señaló algunos puntos endebles del proyecto de ley de Ministerio Publico, entre ellas, que viola en un punto a la Constitución Provincial, al establecer que la designación de los fiscales es igual a la de los jueces. De hecho, la Constitución Provincial establece un jury de enjuiciamiento especial para los fiscales, y distinto del de los jueces. La solución tanto de este problema como de muchos de los señalados por el Dr. Lewis, afirmo el Dr. Mico, consiste en la reforma de la Constitución Provincial. Según Mico, el camino correcto es modificar la Constitución y luego hacer la ley de Ministerio Publico.


Finalmente, Mico menciono que a los efectos prácticos de esta ley implican la cesión de un enorme poder a la figura del Procurador e incluso el disparate que representa el hecho de que el Defensor General tenga a un superior que sea acusador, su antitesis.


Concluyo, al igual que el Dr. Lewis, en la necesidad de la periodicidad del cargo, aunque a diferencia de este último, no descarto la elegibilidad popular del mismo. Planteó además, que dicho Ministerio debe ser un órgano externo al Poder Judicial ya que la función principal del Procurador es acusar a los jueces. En este sentido, entiende que hasta podría depender directamente del Ejecutivo.


Finalizada la charla se dio paso a una ronda de preguntas por parte de los asistentes. Una de ellas fue formulada por el Presidente de nuestra institución, el Sr. Roberto Paladini, quien interrogó a los disertantes sobre las razones técnico-jurídicas del apresuramiento en la sanción de esta ley. Los panelistas coincidieron en que no existen motivos jurídico – técnicos suficientes para fundamentar la necesidad de sanción de este proyecto de ley en lo eventual. De hecho, el nuevo código Procesal Penal debe estar en vigencia en Junio de 2008 y se va a necesitar una ley de Ministerio Público con un nuevo código y es muy dudoso pensar que las modificaciones orgánicas y de infraestructura necesarias estén dadas para esa fecha tan cercana.


También se aclaró la firme voluntad del Colegio de Abogados de plantear la inconstitucionalidad de esta ley si es que este proyecto de ley es aprobado. Por eso es imperiosa la concientización de la población y entidades pertinentes.
Como reflexión final, el Dr. Luís Carello manifestó “con pena” que la demostración mas cabal de que las conductas del gobernador Obeid son indefendibles es que se ha negado a recibir las inquietudes de las organizaciones que representan a la ciudadanía, y esto constituye un deber republicano.


Por su parte, el presidente de nuestra institución, agrego que la negativa sistemática de Obeid a recibir los reclamos y opiniones de las entidades de políticas públicas desdibuja completamente a este gobierno, y más aun dado que los nombramientos apresurados continúan. 

ANÁLISIS Y DEBATE PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DEL MINISTERIO PUBLICO PROVINCIAL