domingo, 05 de septiembre de 2010
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EL FORO VUELVE AL RUEDO POR “LA SEGURIDAD CIUDADANA”
Rosario, Octubre de 2009
A fines del pasado mes de octubre y ya habiéndose solicitado una audiencia al Ministro de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, Dr. Daniel Cuenca, participamos de la convocatoria realizada por los Senadores Alberto Crossetti y Ricardo Spinozzi con motivo de la presentación del Proyecto de Ley de Seguridad Ciudadana realizado por la Comisión de seguridad del Senado de la cual ambos participan. La misma resume, de acuerdo a lo por ellos manifestado, los reclamos de la ciudadanía en materia de seguridad y otorga al poder ejecutivo la facultad de reasignar partidas del presupuesto para sanear problemas de esta sensible área del gobierno.

Desde nuestra entidad y con el apoyo de algunos entendidos en la materia, se analizó el proyecto señalándose algunas cuestiones de relevancia:

Accesoa al Proyecto de Ley.

• Se entiende, tal como lo manifestaron los legisladores, que en el proyecto están contenidos “todos los reclamos que hacen a la seguridad” por lo que consideramos poco probable por lo menos en el corto plazo, su implementación general.

ARTICULO 3º:

• e) Instrumentación de un mecanismo ágil para que los vehículos existentes en depósitos judiciales, que no tengan titular concreto y cierto, sean destinados al parque automotor del Ministerio de Seguridad y distribuidos como mínimo uno por cada Comisaría o Subcomisaría, teniendo presente lo dispuesto en la Ley 12.734, art. 230° y concordantes: No es un buen sistema, abría que modificar el art. 230, mejorándolo, o vender esos vehículos y adquirir con el producido, vehículos oficiales.
• l) Implementación de Programas de Incentivo para el personal policial, becas de capacitación nacional e internacional: ESTA ES UNA MUY BUENA MEDIDA
• q) Construcción de dos (2) complejos penitenciarios para alojamientos de los presos de las comisarías, con sujeción a la ley de Obras Públicas y normas de impacto ambiental. En lugar de sumar a los establecimientos carcelarios existentes, dos grandes complejos penitenciarios, consideramos mejor construir "mini-penales", de no más de cincuenta internos lo cual garantiza una mejor integración, reeducación, calificación de los internos, etc.
ARTICULO 5º:
• b) Construcción y equipamiento de cuatro (4) Centros de rehabilitación para niños, adolescentes y adultos con problemas de adicciones o penales, con sujeción a la ley de Obras Públicas y normas de impacto ambiental ESTA ES UNA BUENA MEDIDA aunque se considera insuficiente el número de cuatro institutos de rehabilitación de adictos para toda la provincia; sería mejor prever una mayor cantidad e ir luego desarrollándolos por etapas, según las posibilidades económicas.
• d) Creación del Programa Integral de Inclusión Educativa tendiente a ofrecer, a través de medios formales y no formales, oportunidades de reiniciar y completar estudios primarios y secundarios, de capacitarse laboralmente y de desarrollar aptitudes artísticas a jóvenes vulnerables, potenciando los servicios educativos y deportivos existentes y articulando los mismos con universidades, institutos de nivel superior, municipios y organizaciones de la sociedad civil; ESTA ES UNA BUENA MEDIDA
• f) Implementación de programas específicos de deportes, destinados principalmente a barrios carenciados de la Provincia, fortaleciendo los Clubes o Centros Barriales existentes, ejecutando políticas de iniciación y práctica deportiva a ejecutar en conjunto con los municipios; ESTA ES UNA BUENA MEDIDA
• Artículo 9º - Facúltase al Poder Ejecutivo, a realizar los actos necesarios para la revisión y rediseño del sistema de capacitación policial y penitenciario, sus contenidos curriculares e instituciones que lo integran, a fin de mejorar la calidad de la formación que imparte el Instituto de Seguridad Pública de la Provincia. Esta disposición NO es innecesaria. El poder Ejecutivo ya goza de esa facultad.
• Artículo 11º - Facúltese al Poder Ejecutivo, por intermedio del Ministro de Seguridad, a que las designaciones de responsables de Comisarías y Sub comisarías surjan del consenso y participación de los vecinos con asiento en el perímetro de la dependencia, y que recaiga con preferencia en personas con residencia efectiva en la jurisdicción en que tengan que prestar funciones propiciando que éste sea un integrante más de la red comunitaria con su familia de manera que comparta los mismos espacios públicos, comercios y escuelas entre otros.
Esta disposición podría resultar muy peligrosa en barrios donde hay fuerte preponderancia de grupos marginales.

Por último, consideramos importante la declaración de “emergencia” debido a que ella faculta al ejecutivo a manejar presupuesto para dar solución inmediata a los problemas derivados de la seguridad.


Vínculo: .
Fecha: 01/11/2009
6000 - 6000